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La Oración de Misericordia es un encuentro con Dios vivo
lunes, 4 de octubre de 2021
TESTAMENTO VITAL
Valencia, 25 de
junio de 2021
Estimado feligrés:
En esta carta le
informo de la importancia de presentar el Documento de Voluntades
Anticipadas (también llamado testamento vital).
El Documento
de Voluntades Anticipadas es
la expresión escrita de la voluntad de un paciente sobre los
tratamientos médicos que desea recibir, o no está
dispuesto a aceptar, en la fase final de su vida. También especifica
que se administren los tratamientos adecuados para paliar los sufrimientos,
pero que no se aplique la eutanasia.
El documento de voluntades anticipadas, es un
documento dirigido al médico responsable, en el cual una persona mayor de edad,
con capacidad suficiente y de manera libre, expresa las instrucciones a tener
en cuenta cuando se encuentre en una situación en la que las circunstancias no
le permitan expresar personalmente su voluntad. El documento también sirve para
designar un representante que actúe como interlocutor válido con el médico o el
equipo sanitario, en el caso de que no pueda expresar su voluntad por ella
misma. Este documento se debe formalizar a través de notario o ante dos
testigos y se incorpora automáticamente a la historia clínica del paciente,
quedando registrado en el Registro Centralizado de Voluntades Anticipadas de la
Comunidad Valenciana y en el Registro Nacional de Instrucciones Previas.
Es de vital
importancia la firma y registro de este documento tanto para usted como para
sus familiaress, que animamos a que también lo firmen.
Queremos evitar el atropello a la dignidad
y a la libertad de la persona incapacitada que trae consigo la ley de la
eutanasia y ayudar a humanizar el proceso de muerte con una asistencia
humana material y espiritual.
Adjuntamos modelo de tres hojas para
confeccionar el TESTAMENTO VITAL, tanto por vd. como por sus familiares.
Es el modelo oficial del DOCUMENTO DE
VOLUNTADES ANTICIPADAS de la Generalitat Valenciana con las adaptaciones
propuestas por el Arzobispado de Valencia y de acuerdo con las instrucciones de
la Conferencia Episcopal Española.
En el modelo oficial se ha rellenado el
epígrafe de “otras instrucciones” con el siguiente texto:
“Pido
que, si llegara a sufrir una enfermedad grave e incurable o un padecimiento
grave, crónico e imposibilitante, que se me administren los cuidados básicos y
los tratamientos adecuados para paliar el dolor y el sufrimiento, y que no se
me aplique la prestación de ayuda para morir en ninguna de sus formas, ni que
se me prolongue abusiva e irracionalmente mi proceso de muerte. Pido igualmente
ayuda para asumir cristiana y humanamente mi propia muerte. Deseo poder
prepararme para este acontecimiento final de mi existencia, en paz, con la
compañía de mis seres queridos y el consuelo de mi fe cristiana.”
Requisitos
Ser
mayor de edad o menor emancipado, tener capacidad legal suficiente y estar
interesado en manifestar libremente las voluntades anticipadas.
¿Cómo
Presentarlo?
Si
el documento de voluntades anticipadas se formaliza ANTE TESTIGOS
deberán dirigirse, en horario de lunes a viernes (no festivos), a los
siguientes puntos de registro autorizados, cuyo trámite es totalmente gratuito:
VALENCIA:
-
Servicios de Atención e Información al Paciente
(SAIP) de todos los hospitales públicos y centros de especialidades de la
provincia.
-
Dirección Territorial de Sanidad: Gran Vía Fernando el Católico, 74. 46008
Valencia.
-
Conselleria de Sanidad, Dirección General de Calidad y Atención al Paciente: C/
Micer Mascó, 31 - 33. 46010 Valencia.
ALICANTE:
-
Servicios de Atención e Información al Paciente
(SAIP) de todos los hospitales públicos y centros de especialidades de la
provincia.
-
Dirección Territorial de Sanidad: C/ Girona, 26. 03001 Alicante.
NOTA: Si
el documento de voluntades anticipadas se formaliza ANTE NOTARIO, cuyo
trámite tendrá un coste económico abonando los gastos de notaría, será el mismo
notario el que proceda a la inscripción del documento en el Registro.
¿Qué
documentación se debe presentar?
1.-
Si el documento de voluntades anticipadas se formaliza ANTE TESTIGOS se
deberá acompañar la siguiente documentación:
-
Documento de Voluntades Anticipadas (Original)
-
La Tarjeta Sanitaria (SIP)
-
Fotocopia del documento nacional de identidad, pasaporte o cualquier documento
oficial que acredite la identidad de la persona otorgante.
-
Fotocopia de los documentos nacionales de identidad, los pasaportes o cualquier
documento oficial que acredite la identidad de los 2 testigos. Los testigos
deberán ser:
·
Mayores de edad.
·
Con plena capacidad de obrar.
·
De los cuales uno, como mínimo, no tendrá con
el otorgante relación por razón de matrimonio, pareja de hecho, parentesco
hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad o ninguna relación
patrimonial.
- El otorgante puede designar a un representante para que sea
interlocutor válido ante el médico responsable o el equipo sanitario y
facultarle para interpretar sus declaraciones e instrucciones cuando no pueda
expresar su voluntad por sí mismo, pudiendo, asimismo, sustituir su voluntad.
Se habrá de aportar fotocopia de documento nacional de identidad, pasaporte o
documento oficial que acredite la identidad del representante que podrá ser
cualquier persona mayor de edad, que no haya sido incapacitada legalmente, con
la salvedad de las siguientes personas:
·
El notario autorizante del documento.
·
El funcionario o empleado público encargado
del Registro Centralizado de Voluntades Anticipadas de la Comunidad Valenciana.
·
Los testigos ante los que se formalice el documento.
·
El personal sanitario que debe aplicar las
voluntades anticipadas.
·
En el ámbito de la sanidad privada, el
personal con relación contractual, de servicio o análoga, con la entidad
privada de seguro médico.
Presentación del
documento de voluntades anticipadas y documentación requerida.
El
documento de voluntades anticipadas se realizará en el modelo oficial. Se
deberá inscribir en el Registro Centralizado de Voluntades Anticipadas mediante
su presentación por parte del otorgante, por cualquiera de los testigos o por
el representante designado, en alguno de los puntos de registro autorizados. El
personal encargado del registro, entregará al interesado una copia de la
solicitud presentada junto con el original del documento.
Es conveniente que el que hace el documento de
Voluntades Anticipadas entregue una fotocopia a su médico y a los parientes más
cercanos (esposo o esposa, hijos, etc.). Se recomienda que la fotocopia que se
entregue a los anteriormente mencionados sea de lo presentado en el Registro,
donde conste el sello o justificante de haberlo presentado.
Asimismo, el modelo de DOCUMENTO DE VOLUNTADES
ANTICIPADAS, estará disponible en la página web del Arzobispado de Valencia: www.archivalencia.org
El modelo del Documento de Voluntades
Anticipadas estaría en formato pdf rellenable y descargable –con campos de
formularios interactivos– de tal modo que cualquier persona pudiese descargar
el mismo y cumplimentar sus datos personales, bien en cualquier ordenador
rellenando esos campos y ser impreso posteriormente, bien por escritura manual
en el mismo modelo ya impreso.
Confiando en que esta información sea de su
interés.
Unidos en el Señor,
Vuestro párroco